[Escrito el 14 de junio de 2021]
El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes
ha estado manteniendo sin variación los precios de los combustibles,
amparándose en el Decreto 625-11 que modifica el reglamento establecido
mediante Decreto 307-01. Esa medida de “congelar” los precios es muy bien vista
y recibida por el pueblo dominicano. La pregunta que hay que hacer y responder
es la siguiente: ¿Es legal congelar semanalmente los precios de los
combustibles, tal como ha estado haciendo el ministro Ito Bisonó? Para
responder esa pregunta hay que analizar la legislación pertinente.
La Ley 112-00, Ley Tributaria de Hidrocarburos,
estableció un impuesto al consumo de combustibles y productos derivados del
petróleo, fijado en pesos dominicanos por cada galón. En el Artículo 2 se
indica que ese impuesto será indexado trimestralmente por el actual Ministerio
de Industria y Comercio, poniéndose en vigencia automáticamente. El Decreto
625-11, trata de enfrentar la volatilidad y tendencia ascendente de los precios
de los combustibles en el mercado internacional indicando, en su último
Considerando, que para esto se requería un “mecanismo de fijación de los
Precios de Paridad de Importación más flexible, que permita minimizar el
impacto de los incrementos de precios en los mercados internacionales…”
Para alcanzar ese objetivo, el Artículo 5 del
Decreto 625-11 establece que “Cuando las variaciones porcentuales
intersemanales de los precios oficiales de venta de los combustibles sean
superiores al 1%, el Ministerio de Industria y Comercio podrá ajustar el precio
de paridad de importación, con el objeto de traspasar sólo parcialmente estos
incrementos, generándose una cuenta por pagar con los importadores de
hidrocarburos cuyo pago no excederá el ejercicio fiscal en el que se
contraiga.” Esa afirmación demuestra que el congelamiento de precios no está
permitido, solamente se permite el amortiguamiento de su incremento.
La decisión del ministro Ito Bisonó, que me
imagino toma en coordinación con los ministros de Hacienda y de Economía,
impacta negativamente las finanzas públicas. Solo en la semana del 12 al 18 de
junio de 2021, la medida de congelar los precios del GLP, gasolina premium y
regular, gasoil óptimo y regular, entre otros, generó una deuda, no prevista en
la Ley de Presupuesto, de 269 millones de pesos con los importadores. Estimo
que la deuda actual total por ese concepto debe ser de miles de millones de
pesos.
Dado que mantener los precios de los
combustibles sin variación no es legal y que impacta negativamente las finanzas
públicas, le recomiendo al ministro Ito Bisonó que envíe al Congreso Nacional
un proyecto de ley que modifique la Ley 112-00, que le permita congelar
discrecionalmente esos precios y que reduzca el nivel actual de los impuestos
sobre los combustibles. El presidente Abinader prometió el 27 de Febrero
pasado, ante la Asamblea Nacional, enviar una modificación a esa ley. Le
exhorto al ministro Bisonó que se monte sobre esa promesa y logre una
modificación que le proteja.
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