[Escrito el 10 de mayo de 2021]
La Dirección General de Impuestos Internos
(DGII) tiene como objetivo aumentar sus recaudaciones con la estructura
tributaria que tiene en las manos. Por ese motivo, ha decidido utilizar una
legislación que se aplicaba parcialmente desde su aprobación en 2007, para así aumentar
las recaudaciones provenientes de la tributación a las operaciones
inmobiliarias.
En una carta dirigida el 6 de mayo de este año a
la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana, Luis Valdez,
director general de la DGII, le señaló que la Ley No. 173-07 de Eficiencia
Recaudatoria establece un impuesto unificado de un 3% para las transferencias
inmobiliarias y de un impuesto unificado de un 2% Ad-Valorem sobre el registro
y conservación de hipotecas.
Desde que se aprobaron esas figuras impositivas
en 2007 se consideró que la suma de ambas arrojaba un costo adicional, 5%, muy
elevado. Por eso las autoridades de la DGII aplicaban esos impuestos de la
siguiente manera: Una persona que comprase un inmueble, financiado o no financiado,
pagaría el 3% por concepto de la transferencia inmobiliaria. En caso de que la
persona ya tuviese el inmueble, pero deseara tomar un préstamo poniéndolo de
garantía, pagaría un 2% por concepto de registro y conservación de hipotecas.
La decisión de la actual administración de la
DGII significa que quien compre un inmueble, como una vivienda, usando un
financiamiento bancario deberá pagar un impuesto total de un 5% y si lo compra
al contado sólo pagará un impuesto de un 3%. Si se toma en consideración que
los ricos tienen más recursos acumulados, es muy probable que compren al
contado y paguen una tasa de un 3%. Mientras que los miembros de la clase
media, que son grandes usuarios del financiamiento de la banca para adquirir
viviendas, pagarán un 5%. Esto implica que la decisión de aplicar estrictamente
lo que dice la ley perjudicará más a la clase media que a los ricos, por lo
tanto, se puede concluir que la decisión de la DGII es regresiva. No obstante,
entiendo al director general, quien al firmar la carta habrá pensado: la ley es
dura, pero es la ley. Dura lex sed lex.
Por último, quiero señalar que la decisión de
la DGII reduce el grado de efectividad de la política monetaria que se ejecuta
desde marzo de 2020 para enfrentar la recesión económica. El objetivo del Banco
Central es promover el acceso al financiamiento a bajas tasas de interés, en especial
en el sector construcción, para aumentar la demanda agregada y estimular la
recuperación económica. La decisión de la DGII encarecerá el financiamiento y
reducirá el nivel de actividad de equilibrio que se obtendría, dada la
flexibilidad monetaria. Por eso pienso que la decisión de la DGII es inoportuna.
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