[Escrito el 12 de octubre de 2021]
El paquetazo tributario elaborado por el Ministerio de Hacienda -pero no
divulgado por el gobierno- aplica dos y tres impuestos sobre el mismo hecho
generador o base imponible vinculada. En algunos casos ya existía la doble
tributación, pero con esta reforma el peso de la carga tributaria será mayor.
La propuesta de reforma tributaria eleva la tasa de impuesto sobre la
renta de las personas jurídicas o empresas de un 27% a un 30%, con lo cual
aumentarían las recaudaciones en algo más de 10 mil millones de pesos al año.
Si a esa medida se le añade el 10% de impuesto sobre los ingresos por
dividendos, se tiene como resultado que el ingreso generado por las actividades
empresariales enfrentaría una doble tributación que llevaría la tasa a un 37%.
Las personas físicas de clase media, además de pagar el impuesto sobre
la renta salarial, por intereses o dividendos, también pagarán mayores
impuestos a la propiedad inmobiliaria. Antes de la reforma se aplicaba una tasa
de 1% sobre el valor excedente a los ocho millones de pesos. Después de la
reforma se aplicará 0.5% sobre el valor del patrimonio inmobiliario situado
entre los cinco millones de pesos y ocho millones de pesos. Y se mantendrá la tasa del 1% sobre el valor
que supere los ocho millones de pesos.
A las personas físicas que tengan un patrimonio superior a los 60
millones de pesos, excluyendo inmuebles, se les gravará con un 1% sobre el
excedente de ese monto. Ese impuesto alcanzará el ahorro de las personas
físicas colocados en la banca nacional o en bonos, cuyo retorno -que es el
ingreso por concepto de intereses- también está gravado. Esto es equivalente a
una triple tributación, pues la renta original que permite crear el ahorro paga
impuesto sobre la renta; el retorno del ahorro financiero también paga impuesto
sobre los intereses; y ahora se gravará con este impuesto el patrimonio
acumulado en forma de ahorro financiero.
Algo similar ocurrirá si ese patrimonio está en forma de acciones. El
beneficio que obtiene la empresa que emitió esas acciones origina el impuesto
sobre la renta; se paga impuesto sobre los dividendos también; y ahora se
gravará el patrimonio acumulado en forma de acciones.
Ese impuesto recaerá principalmente sobre aquellos contribuyentes que se
acogieron a la ley 46-20 de transparencia y revalorización patrimonial, quienes
pagaron una tasa de un 2% para registrar en sus estados financieros el valor
actualizado de sus activos. Ya se verá si esos contribuyentes tienen suficiente
liquidez para pagar ese impuesto sobre el patrimonio, o si tendrán que liquidar
activos.
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