jueves, 27 de agosto de 2020

La necesaria reforma a la ley 340-06

 [Escrito el 26 de agosto de 2020]

La ley No. 340-06 de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y sus modificaciones debe ser reformada a la brevedad posible. La última demostración de la necesidad de esa reforma es la decisión del presidente Luis Abinader de que la compra de dos millones de computadoras portátiles y tabletas para el año escolar que comienza, por un monto cercano a los 27 mil millones de pesos, se realice fuera del marco de esa legislación.

En la reunión celebrada en el Palacio Nacional el pasado lunes 24 de agosto, el presidente Abinader informó al país que esa compra, en vez de hacerla el Ministerio de Educación, la realizará el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Esa organización internacional es reconocida a nivel mundial por tener el sistema más eficiente y transparente de compras, por tanto, se entiende la decisión no sólo de comprar esas computadoras, sino también de solicitarle que realice compras y contrataciones a favor de otras entidades públicas, como la Alcaldía del Distrito Nacional, el Ministerio de Turismo o el Ministerio Administrativo de la Presidencia.

El único problema es que esa decisión de la Presidencia de la República y de otras entidades del Estado viola la ley No. 340-06. En la Circular No. DGCP-05-2020, emitida el 20 de agosto de 2020 por el Director General de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, se indica que “Según el numeral 2 del artículo 35 de la ley, la gestión de la contratación pública es competencia de las unidades operativas de las instituciones contratantes.” Asimismo, recuerda que la Ley 340-06 no permite la delegación de competencia en el proceso de adquisición de bienes, servicios y obras con fondos públicos.

Esto significa que, dada la urgencia de comprar esos equipos de cómputos, el gobierno violará la Ley 340-06. Cabe recordar que, de acuerdo con esa legislación, una licitación pública internacional, obliga a cumplir plazos que se prolongan hasta tres meses después de preparado el Pliego de Condiciones, lo cual significa que esos equipos llegarían al país cerca de enero de 2021. En cambio, el PNUD puede realizar un proceso de licitación en solo dos semanas.  Una diferencia de tiempo verdaderamente abismal, que es la diferencia entre crear o destruir valor, o elevar o reducir el bienestar de la gente. Por eso concluyo recomendando que se reforme la ley 340-06 lo más rápido posible.

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