miércoles, 17 de noviembre de 2021

Flexibilizando la ejecución de la inversión pública

[Escrito el 16 de noviembre de 2021]

El gobierno del presidente Luis Abinader, mediante el Decreto No. 637-21, ha tomado una importante medida que flexibiliza la ejecución de la inversión pública que se realiza a través de la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras, y sus modificaciones. En ese decreto se ha precisado la forma en que debe incluirse, determinarse y ejecutarse la cláusula de equilibrio económico financiero en los contratos públicos de construcción de obras, que muchas veces se realizan en un plazo superior a un año.

En el artículo 3 del citado decreto se establece que las instituciones públicas contratantes deberán adoptar las medidas necesarias para mantener el equilibrio económico financiero de los contratos en los términos que fueron considerados al momento de su adjudicación y firma, “teniendo en cuenta el interés público y los derechos de los contratistas.”

Además, se indica claramente que el equilibrio económico, cuya ruptura debe ser demostrada por la parte afectada, será restablecido siempre y cuando se haya perdido por causas o acontecimientos posteriores e imprevisibles no atribuibles al contratista. Específicamente, el artículo 5 cita como causales de ruptura del equilibrio económico financiero de los contratos de obras públicas: eventos imprevisibles o de fuerza mayor que afectan gravemente las condiciones económicas y financieras del contrato; aumento del costo total, debido a cambios en los precios de los insumos y factores de producción, no menor al 5% de su valor presupuestado en el contrato base; y, por último, modificaciones solicitadas por la entidad contratante.

En base a esas causales y realizados los cálculos correspondientes, el artículo 8 deja claro que se suscribirá una adenda al contrato base que actualice el monto a ejecutar, incluyendo el reajuste de los precios de los insumos y factores de producción utilizados en la obra.

Ese Decreto No. 637-21 flexibilizará la ejecución de la inversión pública, pues establece que el proceso de restablecimiento del equilibrio económico financiero aplicará a todos los contratos de obras suscritos al amparo de la Ley No. 340-06. Esto abre las puertas para que obras públicas, en especial las estratégicas, que estén pendientes de concluir por aumentos de costos de construcción, puedan terminarse a la brevedad posible e iniciar su aporte a la creación de valor agregado nacional. 

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