[Escrito el 13 de septiembre de 2022]
La semana pasada se conoció una sentencia del Tribunal Superior
Administrativo (TSA) muy peligrosa, pues atenta contra la sostenibilidad del
actual sistema de pensiones y, por tanto, de los bolsillos de sus afiliados.
De acuerdo con la Sentencia No. 030-02-2022-SSEN-00327 del TSA, se le
ordena a la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) en su calidad de reguladora
de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) “dar cumplimiento a las
disposiciones de los artículos 100 y 105 de la ley núm. 87-01,” que crea el
Sistema Dominicano de Seguridad. Y luego añade: “…y restituir a los
accionantes…, los valores reducidos de sus cuentas de capitalización
individual, de acuerdo con las deducciones realizadas en el mes de enero del
año 2022, mes de febrero del año 2022 y algunos de los balances concerniente al
mes de marzo del año 2022, conforme a los motivos que fueron expuesto. [sic]”
El artículo 100 establece que las AFP podrán operar varias carteras de
inversión con una composición distinta de instrumentos financieros, tanto en
pesos como en dólares, con diversos riesgos y rentabilidad real. El artículo
105 es parte de un conjunto de artículos, como el 102, 103 y 104, que
establecen el derecho del afiliado a una rentabilidad mínima, que es igual a la
rentabilidad promedio del sistema de capitalización individual menos 2%.
De acuerdo con los datos publicados en el informe de la SIPEN, ninguna
AFP obtuvo en los meses de enero a marzo de 2022 una rentabilidad por debajo de
la rentabilidad mínima exigida. En consecuencia, no existe la necesidad de que
los recursos depositados en la cuenta de Garantía de Rentabilidad sean
utilizados de acuerdo con el mandato de la ley para asegurar la rentabilidad
mínima a los afiliados.
Por otra parte, la sentencia del TSA confunde los movimientos del valor
del fondo patrimonial y, por tanto, de las cuentas individuales con
“deducciones” realizadas a esas cuentas. Los jueces de ese tribunal deben tomar
en consideración que movimientos de las tasas de interés y del tipo de cambio
peso/dólar pueden hacer subir o bajar el valor de mercado del fondo
patrimonial, sin que esto implique deducción alguna de parte de las AFP. Los
jueces del TSA deben recordar que las salidas de recursos del fondo patrimonial
sólo se originan cuando se realizan pagos de beneficios a los afiliados por
diversos conceptos.
La apreciación del peso, registrada en meses recientes, incluyendo el
período enero-marzo de 2022, es lo que ha provocado que, debido a que una parte
de los fondos de los trabajadores está invertida en dólares, se haya registrado
una disminución del valor en pesos de las cuentas de capitalización individual.
Pero si se toma en consideración la evolución del tipo de cambio desde enero 2017
a junio de 2022, se observa que el tipo de cambio se depreció en 17.5%, al
pasar de 46.72 a 54.92 pesos, generando un beneficio a favor de los
trabajadores, que a junio de este año asciende a 6,085.6 millones de pesos.
La sentencia de la TSA atenta contra la buena gestión y la
sostenibilidad del sistema de pensiones, pues lleva a las AFP, entre otras
acciones, a no invertir en instrumentos denominados en dólares, reduciendo así
su capacidad de minimizar el riesgo mediante la diversificación cambiaria.
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