[Escrito el 22 de enero de 2024}
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) encabezaron el examen inter-pares de la ley y la política de competencia de la República Dominicana. Esa ley, que crea la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, se promulgó en 2008 y, con el nombramiento del Director Ejecutivo en 2017, se aplica de manera plena, habiéndose sancionado una empresa por abuso de posición dominante.
La OCDE y el BID recomiendan que se adopte un marco común de
competencia, que se aplique a todos los sectores económicos, incluyendo al
financiero, al de telecomunicaciones y al eléctrico. Actualmente el análisis
del comportamiento competitivo de esas tres actividades es tarea de sus
reguladores y supervisores. En el informe se recomienda que haya una buena
coordinación entre Procompetencia y los reguladores para que se cumpla la
normativa de competencia.
También se recomienda adoptar un régimen general de control ex ante de
las fusiones, que según los evaluadores esté en línea con las normas de la OCDE
y las mejores prácticas internacionales. En ese punto pienso que habría que
hacer un análisis más profundo del porqué el control ex ante de las fusiones no
se incluyó en la ley vigente, dándose prioridad al abuso de posición dominante,
pues no es malo ser una empresa grande, sino portarse de manera
anticompetitiva.
El informe que se presentó hoy recomienda el desarrollo de herramientas
para detectar los carteles. El uso de métodos econométricos y de aprendizaje
automático permite detectar si hay empresas que operan como un cartel, fijando
precios o realizando acuerdos anticompetitivos en perjuicio de los
consumidores.
Algo muy importante que se recomendó es que las sanciones a ser
aplicadas deben ser significativas para que tengan poder de disuasión, tanto de
las prácticas anticompetitivas como de la falta de entrega oportuna de
información veraz solicitada por Procompetencia a la empresa bajo investigación.
Actualmente, la multa máxima, que es una función del salario mínimo, es de un
millón de dólares. La multa debe tomar en cuenta el tamaño del mercado y el
impacto negativo que la práctica anticompetitiva le provocó -o le sigue
provocando- al consumidor.
Por último, pero muy importante, la OCDE y el BID recomiendan que se aumente
el presupuesto de Procompetencia para que pueda realizar la contratación del
personal necesario para aplicar de la mejor forma posible la ley de competencia
en beneficio de los consumidores.
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