[Escrito el 13 de noviembre de 2023]
En la República Dominicana existe un mercado laboral segmentado. Por un
lado se encuentra el mercado de trabajo formal en el cual los agentes
económicos deben cumplir con las regulaciones establecidas en la Ley No. 16-92,
Código de Trabajo; con la normativa tributaria impuesta en la Ley 11-92, Código
Tributario; y con las regulaciones de la Ley No.87-01, que crea el Sistema
Dominicano de Seguridad Social, entre otras normativas. Por otro lado se
encuentra el mercado de trabajo informal, donde el grado de cumplimiento de lo
establecido en esas leyes es casi nulo.
Actualmente, más del 55% de los perceptores de ingresos se gana la vida
en el mercado laboral informal. De esa realidad se desprende que la economía
dominicana necesite realizar modificaciones a las normativas laborales,
tributarias y de seguridad social si se desea que un mayor porcentaje de los agentes
económicos pasen de operar en el mundo informal hacia el formal.
Específicamente, la reforma laboral implica cambios al Código de Trabajo
con el objetivo de hacer más flexible el mercado de trabajo. Una mayor facilidad
de contratación y despido del personal se traduciría en mayor nivel de empleo y
en una productividad laboral más alta. La reducción del costo de transacción en
el proceso de movimiento de un puesto de trabajo a otro haría que las personas
se desplacen hacia otras ocupaciones que les permitan alcanzar una mayor productividad
y, por tanto, ingresos laborales más altos.
La modificación del régimen actual de auxilio de cesantía es un componente
indispensable de la reforma laboral. Ese régimen tal como existe ata
excesivamente a las personas al puesto de trabajo, aumentando el costo de su movilidad
hacia otro empleo donde pudiese tener una mayor productividad e ingreso.
El auxilio de cesantía, cuyo monto se otorga cuando el empleador ejerce
el desahucio y en función de la cantidad de años laborados y del salario promedio
de los doce meses más recientes, debe ser eliminado y sustituido por un seguro
de desempleo, a ser pagado por el empleador.
Dado que el auxilio de cesantía no es un evento cierto, sino que depende
de la probabilidad de ser despedido, se pudieran reconocer los años trabajados
bajo el régimen laboral actual y calcular una suma a ser pagada al trabajador
por el empleador como un bono que tomará en consideración: el salario promedio
de los doce meses más recientes; la cantidad de años trabajados; la regla de días
a ser pagados por cada año trabajado según el artículo 80 del Código de Trabajo;
y un factor menor a la unidad que refleje la probabilidad de ser despedido.
Esa suma sería depositada por el empleador en un período de dos años en una
cuenta a ser gestionada por una entidad especializada en inversiones con el
objetivo de que el trabajador pueda aumentar su nivel de riqueza financiera.
Ese monto, a diferencia del ahorro previsional, pudiera ser utilizado por el
trabajador cuando quiera o lo necesite, ya sea para iniciar un negocio o para consumir
bienes y servicios.
Además de la eliminación del auxilio de cesantía, hay otras
modificaciones a realizarse al Código de Trabajo, pero esas las presentaré en comentarios
futuros. Marquen la página.
Esa movilidad laboral a la que según usted podría acudir el trabajador una vez cesanteado, existe tan solo para un grupito de personas o empleados altamente cualificados en algunos países incluyendo a los Estados Unidos. Lo contrario sólo existe en los libros de texto de algunas escuelas. Por otro lado, en materia laboral se está con unos o con otros.
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ResponderEliminarLa Reforma Laboral es un tema complejo que requiere equilibrar los intereses de trabajadores y empleadores. Si bien es cierto que una mayor flexibilidad puede fomentar la formalización y el empleo, no debemos perder de vista la protección de los derechos laborales fundamentales.
La propuesta de eliminar el auxilio de cesantía y reemplazarlo por un seguro de desempleo es controversial. Aunque podría aumentar la movilidad laboral, también podría reducir la seguridad económica de los trabajadores en caso de despido. Es crucial que cualquier cambio en este sentido venga acompañado de mecanismos robustos de protección social.
La idea de reconocer los años trabajados bajo el régimen actual mediante un bono es interesante, pero su implementación requeriría un análisis actuarial cuidadoso para no perjudicar a los trabajadores con más antigüedad.
Es importante señalar que la reforma laboral no debe verse solo desde una perspectiva económica, sino también social. Cualquier cambio debe buscar mejorar las condiciones de vida de los trabajadores, no solo la productividad empresarial.
Finalmente, coincido en que la informalidad es un gran desafío, pero la solución no puede basarse únicamente en flexibilizar las normas laborales. Se necesita un enfoque integral que incluya políticas de formación, incentivos a la formalización y mejora en la fiscalización.
En resumen, la Reforma Laboral es necesaria, pero debe ser producto de un diálogo social amplio que busque un equilibrio entre flexibilidad y protección, teniendo siempre como norte el bienestar de los trabajadores y el desarrollo sostenible del país.